jueves, 20 de mayo de 2010

SOLICITUD DE TARJETA ACREDITATIVA DE LA CONDICIÓN DE PERSONA CON DISCAPACIDAD

La Consellería de Bienestar Social ha publicado la ORDEN 3/2010, de 26 de marzo por la que se crea la Tarjeta acreditativa de la condición de persona con discapacidad.

Objeto del trámite
La tarjeta acreditativa de la condición de persona con discapacidad se configura como un instrumento práctico y cómodo en el momento de acreditar dicho reconocimiento.
La presentación de la tarjeta, junto con el DNI, ante las Administraciones Públicas de la Comunitat Valenciana surtirá los mismos efectos que la resolución por la que se reconoce el grado de discapacidad.
Interesados/Solicitantes
Las personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, sus representantes legales o guardadores de hecho.
Requisitos
- Residir en un municipio de la Comunitat Valenciana.
- Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden 3/2010, de 26 de marzo, en el DOCV nº 6247, de 16/04/10.
Plazo de presentación
Podrán solicitar por escrito la expedición de la tarjeta acreditativa de la condición de persona con discapacidad a partir del 17 de Mayo de 2010
¿Dónde dirigirse?
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE BIENESTAR SOCIAL - ALICANTE
C/ TEATRO, 37 Y 39
03001 Alicante
TEL: 012
¿Qué documentación se debe presentar?
La solicitud de la tarjeta se realizará rellenando el modelo de solicitud normalizado, que puedes descargarte pinchando aquí
Información complementaria
* REEXPEDICION
La modificación de las circunstancias personales del usuario o del grado de discapacidad, su pérdida, extravío o robo, obligará a la administración competente para su expedición a emitir una nueva en la que figuren los datos actualizados.
Cuando la reexpedición sea como consecuencia de la modificación de las circunstancias personales del usuario o del grado de discapacidad, éste vendrá obligado a entregar la antigua tarjeta a la. administración competente

* CANCELACIÓN DE LA TARJETA
La Conselleria competente en materia de discapacidad procederá a la cancelación de la tarjeta en el caso de fallecimiento de la persona con discapacidad, o en el supuesto de que se le reconozca, por resolución judicial o administrativa, un grado inferior al 33 por 100.
* UTILIZACIÓN DE LA TARJETA
La tarjeta es personal e intransferible, y deberá presentarse junto con el DNI cada vez que se utilice un servicio o recurso del Sistema Valenciano de Servicios Sociales y podrá incorporar otros servicios o prestaciones electrónicas.
* VIGENCIA
La vigencia de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad estará sujeta a la vigencia de la resolución por la que se reconoce el grado de discapacidad.
Fuentes jurídicas y/o documentales
- Orden 3/2010, de 26 de marzo, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se crea la Tarjeta acreditativa de la condición de persona con discapacidad (DOCV nº 6247, de 16/04/10).
Ver Orden 3/2010, de 26 de marzo

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